La nulidad matrimonial es la total ineficacia del matrimonio declarada judicialmente, por la falta de alguno de sus requisitos y con efecto retroactivo a tal momento.
Las causas de nulidad pueden ser:
1.-) Fundada por la ausencia de consentimiento de alguno de los cónyuges.
- Simulación absoluta del consentimiento;
- En los matrimonios celebrados por poder siempre que se produzca una previa revocación del poder o fallecimiento del poderdante antes de la celebración o perdida de su capacidad matrimonial en dicho periodo.
- En los matrimonios celebrados por persona que carece de la capacidad de entender y querer.
- Inexistencia del matrimonio por incapacidad temporal para tomar decisiones.
2.-) Inexistencia del matrimonio por falta absoluta de forma.
2.1. Si no se celebra en alguna de las formas admitidas por el ordenamiento jurídico que bien puede ser civil o religioso (canónica, evangélica, islámica o judía) y siguiendo sus correspondientes requisitos.
3.-) Nulidad absoluta del matrimonio
3.1 Impedimento de vinculo matrimonial anterior.
3.2 Impedimentos por consanguinidad.
4.-) Nulidad matrimonial convalidable
4.1) Matrimonio celebrado entre menores de edad no emancipados.
4.2) Matrimonio celebrado entre colaterales por consanguinidad hasta el tercer grado.
4.3) Matrimonio celebrado ente partes condenadas como autores o cómplices de la muerte dolosa del cónyuge de cualquiera de ellos cuando la acción de nulidad se ha interpuesto antes de obtener la dispensa.
5) Anulabilidad del Matrimonio
5.1) Error en la identidad de la persona del otro contrayente.
5.2) Error en aquellas cualidades personales que, por su entidad, hubieran sido determinantes de la prestación del consentimiento.
6) Los Efectos de la Nulidad Matrimonial
Primordialmente debemos indicar que los efectos serán los mismos cualquiera que sea la causa de nulidad que se haya ejercitado y la forma en que se contrajo el matrimonio, siendo el efecto principal que provoca la nulidad es la aplicación del principio de retroactividad, lo que supone invalidar todos los efectos que se hubiesen producido desde la celebración del matrimonio, ya que se tiene al matrimonio como no celebrado, volviendo la situación de los esposos a la anterior al momento de contraer matrimonio y obteniendo su cualidad de solteros otra vez.
Aunque cabe destacar que si hubiese habido hijos, se mantiene los efectos favorables para aquellos a pesar de la nulidad debido a las consecuencias perjudiciales que podría ocasionar a los mismos.